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Violencia y acoso laboral inclumplen derechos humanos: norma de la OIT

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Nueva norma OIT acoso laboral

Violencia y acoso laboral inclumplen derechos humanos: norma de la OIT

 

El pasado 21 de junio, en Ginebra, tuvo lugar un panel en el que la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) adoptó un nuevo convenio para combatir la violencia y el acoso en el lugar de trabajo.

Dicho convenio incluso equipara la violencia y el acoso en el mundo laboral como una violación, incumplimiento o desacato de los derechos humanos de quienes estén involucrados. Lo anterior se debe, en palabras de la Conferencia, a que “pone en riesgo la igualdad de oportunidades” entre géneros, además de que puede dañar el bienestar de las personas.

 

¿Qué es el acoso en el ámbito laboral?

Hoy en día, se considera que la violencia y el acoso en el ámbito laboral es toda acción que dañe física, psicológica o mentalmente a las personas. De igual manera, estos actos se considerarán como iincumplimiento o abuso de los derechos humanos. El propósito de esta nueva norma internacional es proteger a los trabajadores.

Tanto la norma como el Texto del Convenio se aprobó por mayoría, con tan solo 7 votos en contra y 30 abstenciones. De tal manera, se convierte en uno de los que cuentan con el mayor apoyo por parte de los miembros de la Conferencia. 

 

¿De qué trata la nueva norma de la OIT contra el acoso laboral?

 

En pocas palabras, lo que esta nueva norma quiere es proteger a todos los trabajadores sin importar su situación contractual. De acuerdo con información de la ONU, incluye a:

  • Personas que desempeñen actividades de capacitación, pasantías y formación profesional
  • Los trabajadores a los que se les haya rescindido su contrato
  • Las personas que realicen tareas de voluntariado o las que busquen trabajo

 

La norma abarca la violencia y el acoso en el ámbito laboral comprendida en:

  • los lugares donde se paga a un trabajador, donde descansa o come, o usa instalaciones sanitarias de lavado o de cambio de indumentaria
  • durante viajes, desplazamientos, programas de formación, eventos o actividades sociales de índole profesional
  • las comunicaciones relacionadas con el trabajo (en particular las relacionadas con tecnologías de la información y la comunicación), en alojamientos proporcionados por el empleador
  •  y cuando se desplaza desde y hasta el lugar de trabajo

 

Además, reconoce que los casos de violencia y acoso pueden involucrar a terceras personas.

“Sin respeto, no hay dignidad en el trabajo y, sin dignidad, no hay justicia social… Sabemos las medidas que hay que aplicar para evitar y abordar este problema, y quién debe adoptarlas. Esperamos que las nuevas normas contribuyan a forjar el futuro del trabajo que todos anhelamos”.

Finalmente, la CIT recalcó la importancia de que cada uno de los Estados Miembro comience a promover entornos laborales de tolerancia cero al acoso laboral. Países como México, Alemania, Estados Unidos, Canadá y China participaron en la reunión en cuestión. 

Puedes consultar el Convenio completo aquí

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