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El SAT dará de baja a dictaminadores

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El SAT dará de baja a dictaminadores

Desde que en 2014 se volvió opcional presentar el dictamen fiscal de los estados financieros o de enajenación de las empresas, la mayoría de los contribuyentes dejaron de recurrir a esta práctica. Como consecuencia, varios de los contadores públicos que tenían la certificación de dictaminadores llevan más de 5 años sin poner en práctica dicha actividad.

De igual manera, en este año también se cumple el tiempo límite impuesto por el artículo 52 del Código Fiscal de la Federación (CFF), que dice lo siguiente:

“Será dado de baja del padrón de contadores públicos registrados que llevan las autoridades fiscales, en aquellos casos en los que dichos contadores no formulen dictamen sobre los estados financieros de los contribuyentes o las operaciones de enajenación de acciones que realice o cualquier otro dictamen que tenga repercusión fiscal, en un periodo de cinco años.

El periodo de cinco años a que se refiere el párrafo anterior, se computará a partir del día siguiente a aquél en que se presentó el último dictamen que haya formulado el contador público”.

Ante ésta situación y dado que son varios los contadores que se encuentran involucrados, El Colegio de Contadores Públicos de México solicitó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) que los dictaminadores que están pasando por esto tuvieran la oportunidad de presentar un escrito antes de ser dados de baja, con la finalidad de seguir registrados en el padrón.

El SAT rechazó esta petición, argumentando que el procedimiento está inscrito en la ley, por lo que no es posible generar alguna regulación que les permita permanecer en este.

Lo único que se pudo lograr fue que 30 días hábiles después de su notificación de baja, el contador puede presentar un escrito solicitando su reinserción.

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