Caso práctico de Operaciones Internacionales entre México y Colombia
El convenio para evitar la doble tributación entre México y Colombia entró en vigor en 2013. Este documento es resultado de la mejora en las relaciones entre ambas naciones, y a que, de acuerdo con un estudio de KPMG, Colombia es el segundo destino escogido por las empresas mexicanas para llevar su inversión.
Ante tal panorama, si dos o más empresas llevan a cabo operaciones internacionales ¿cómo evitar la doble tributación? ¿cómo saber en qué país y qué cantidad se debe retener de impuestos?
Operaciones internacionales entre México y Colombia: ¿cómo evitar la doble imposición?
La doble imposición internacional se presenta cuando dos o más países utilizan diferentes interpretaciones en cuanto a los criterios de imposición, o bien, cuando los propios criterios son diferentes.
Para evitarlo, los estados suscriben documentos jurídicos –conocidos como Convenios–, incorporados al ordenamiento que cada país tiene en su interior para armonizar y garantizar que se cumpla con las obligación en y de ambas naciones.
Así, es necesario revisar todas y cada una de las disposiciones fiscales aplicables en operaciones internacionales entre México y Colombia, pero sobre todo, conocer en primera instancia las leyes locales, a efecto de saber cuales son las obligaciones a que haya lugar, para empatarlas con las que aplican a nivel internacional, de suerte tal que se apliquen en forma armónica y se cumpla con todas y cada una de ellas y así evitar contingencias.
En este caso práctico, el Dr. José Padilla Hernández, especialista fiscal, explica el contexto y antecedentes de una operación entre dos empresas colombianas y una mexicana. El objetivo del mismo es buscar la armonización de criterios para permitir el cumplimiento de las obligaciones fiscales en ambos países.
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