
Si vas a casarte, el IMSS te apoya con un mes de tu sueldo
A través de la Ayuda de Gastos de Matrimonio (AGM), el IMSS te apoya hasta con 30 días de tu sueldo para los gastos relacionados a casarse.
¿En qué consiste esta prestación?
El asegurado tiene derecho por única ocasión a la Ayuda de Gastos de Matrimonio (AGM) al contraer matrimonio civil. Esta prestación se financia con los recursos de la cuenta individual del asegurado cuyo importe de cálculo se determina considerando el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a la fecha de celebración del matrimonio civil por 30 días. Es importante destacar que no se descuentan semanas de cotización.
Cada año se entrega esta prestación a un promedio de 72 mil personas.
El Coordinador de Prestaciones Económicas del Instituto Mexicano del Seguro Social, Andrés Ruiz Maciel, señaló que a partir de este año el tiempo en que se realiza el depósito de la prestación bajó de siete a tres días hábiles, en promedio.
Anteriormente el asegurado debía realizar la solicitud en las Unidades de Medicina Familiar, se otorgaba una resolución en papel, y posteriormente acudía a su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) para cobrar la prestación, hoy se acude directamente a la Afore para realizar todo el trámite.
¿Qué requisitos debo cumplir para acceder a la Ayuda de Gastos de Matrimonio?
Todos los trabajadores pueden recibirlo, sean parejas heterosexuales u homosexuales, cumpliendo los siguientes requisitos:
- Tener acreditado un mínimo de 150 semanas cotizadas ante el Instituto en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a la fecha de la celebración del matrimonio.
- No haber ejercido este derecho con anterioridad.
- En caso de haber registrado a otro cónyuge como beneficiario, acreditar la disolución del vínculo matrimonial, o bien, o el fallecimiento de éste.
- Que cualquiera de los cónyuges (el solicitante o con quien haya contraído matrimonio), no haya sido registrado con anterioridad en el Instituto con esa calidad.
- Estar vigente como asegurado. En caso de haber dejado de pertenecer al Régimen Obligatorio podrá solicitar la prestación, si el matrimonio se contrae dentro de los 90 días hábiles contados a partir de su baja.
- Que el matrimonio civil se haya celebrado con posterioridad al 30 de junio de 1997.
“Es importante mencionar que estos recursos, el importe que se paga, proviene de la cuenta individual del trabajador o trabajadora, es decir, de los recursos que se destinan en el seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y que son administrados por las Afores”, destacó Ruíz Maciel.
En este apartado podrás consultar el listado de documentos que necesitas presentar para realizar el trámite.
¿Consideras útil para el trabajador la Ayuda para Gastos de Matrimonio? Déjanos tus comentarios.